Directiva (UE) 2023/970 · artículo 10

La evaluación retributiva conjunta

Qué desencadena una brecha del 5 %, quién debe participar y qué requiere realmente cerrarla.

Qué la desencadena

Cuando la presentación muestra una brecha retributiva media de al menos el 5 % en cualquier categoría de trabajadores que realizan un trabajo de igual valor, y el empleador no puede justificarla con factores objetivos y neutros con respecto al género, y no la ha corregido en seis meses, se exige una evaluación retributiva conjunta.

Qué implica

La evaluación se lleva a cabo de forma conjunta con los representantes de los trabajadores. Analiza las causas de la brecha, incluidas las diferencias no justificadas por criterios objetivos, y expone las medidas (y los plazos) para abordarlas.

De la evaluación a la corrección

Cerrar la brecha significa modelar los ajustes retributivos, costearlos y comprometerse con un plan de acción. Bien hecho, esto convierte un desencadenante de cumplimiento en una decisión de corrección defendible y a nivel de dirección — con una fundamentación documentada que puedes respaldar.

Frequently asked

¿Qué desencadena una evaluación retributiva conjunta?

Una brecha media del 5 % o más en una categoría de trabajo de igual valor que el empleador no puede justificar de forma objetiva y no ha corregido en los seis meses posteriores al informe.

¿Quién debe participar?

Se realiza de forma conjunta con los representantes de los trabajadores — no es un ejercicio puramente interno de RR. HH.

¿Qué ocurre si la brecha no se cierra?

El empleador debe acordar e implantar medidas correctoras con plazos. Las brechas injustificadas y sin resolver exponen al empleador a la aplicación, a atrasos y a litigios con arreglo a la ley nacional.

Basado en la Directiva (UE) 2023/970, art. 10, vía EUR-Lex, y resúmenes de profesionales. Rige tu transposición nacional — confírmalo siempre con ella.

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